jueves, marzo 31, 2016

Fundando un cuarto poder ciudadano en la CDMX

Por Amando Basurto –

Repensar políticamente la capital del país es una oportunidad enorme que debe ser utilizada no sólo para recomponerla administrativamente sino para proponer instituciones políticas sin precedente. Hace unas semanas, aquí mismo en Nomos Político, comentaba que las constituciones tienden a ser el resultado de una disputa histórica entre la concentración de poder político y el resguardo de derechos individuales. En el primero de los casos los objetivos principales han sido la consolidación soberana del estado a partir de establecer una eficiente organización administrativa y (de ser necesario) la sujeción de la totalidad de los habitantes a un solo orden político (usualmente a través de políticas de desarme y pacificación). En el caso de la defensa de los derechos individuales, el objetivo central de las constituciones ha sido limitar el poder arbitrario (en casos absoluto) del gobierno a partir de la promulgación de un listado de derechos individuales intransferibles e inviolables. El constituyente de la CDMX tiene la gran oportunidad de trascender las tendencias históricas generales y plantear un cuerpo legal que no sólo organice al gobierno administrativamente o defina y defienda los derechos civiles individuales sino que establezca los medios y las facultades para la participación política de los ciudadanos en diferentes niveles.

Es por esto que no sería tan descabellado en pensar que la nueva constitución de la CDMX puede romper con el caduco molde liberal de la división tripartita del poder (ejecutivo, legislativo y judicial). Esto no quiere decir que habría que deshacerse de la división de poderes como la conocemos, sino modificarla. En términos muy simples, la división existente tiene como sustento la necesidad de un poder ejecutor unitario, contrapesado por un poder legislativo (plural e incluyente), y un poder que sea la última instancia judicial. Así heredamos esta división y poco nos hemos atrevido a repensarla y modificarla. Sin embargo cabe preguntarse, ¿cuál de estos tres poderes promueve la participación política de la ciudadanía y garantiza la transparencia y la eficaz rendición de cuentas del gobierno? Las soluciones tradicionales han sido la fiscalización desde el ejecutivo o desde comisiones del legislativo (ambos fracasos rotundos).

Es posible que promover la participación política de la ciudadanía y garantizar la transparencia y la eficaz rendición de cuentas del gobierno requiera de la creación de un cuarto poder de Participación Ciudadana y Fiscalización (llámese como se le deseé llamar). Establecer un cuarto poder no es ajeno a otros sistemas políticos ya que algunos países tienen una Suprema Corte y una Corte Constitucional y, en otros casos, tienen un poder Electoral. No es asunto de replicar esos ejemplos sino de aclarar que la Constitución de la CDMX puede hacer uso de una partición de poder similar que dote de autonomía política y de certeza jurídica a la participación política y la rendición de cuentas local.

Pensar en un cuarto poder no requiere de tanto esfuerzo; habría que pensarlo como la consolidación institucional de instrumentos jurídicos y administrativos que ya existen en la ciudad. Hay que recordar la Ley de Ciudad Abierta, aprobada por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal en abril, finalmente publicada en la Gaceta Oficial el 7 de octubre del año pasado. Esta ley reconoce “el derecho de los particulares de colaborar en la conformación, desarrollo y evaluación de… programas, políticas y acciones” llevadas a cabo por el gobierno del D.F. y establece la creación de un Consejo de Gobierno Abierto de la Ciudad de México con base en el reconocimiento del Derecho de Acceso a la Información Pública y con el objetivo de ejercer un modelo de “gobernanza colaborativa”. Esta ley es el aparato legal más avanzado de participación política y transparencia que existe actualmente en la ciudad, y sin embargo es (aún sin haber sido implementado) insuficiente.

Primero, es un cuerpo colegiado con un muy bajo grado de independencia ya que aunque incluye “Consejeros Ciudadanos”, es presidido por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal. Además, a los Consejeros Ciudadanos se les suman el Consejero Jurídico, el Oficial Mayor, y los Secretarios de Desarrollo Económico y de Ciencia, Tecnología e Innovación, el Contralor General, el “Titular de la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal” y al Presidente de la Comisión de Transparencia a la Gestión de la Asamblea Legislativa. Segundo, es un aparato institucional sin verdadera capacidad de injerencia ya que entre sus facultades, perfiladas en el Capítulo III de la ley, se encuentran establecer lineamientos, evaluar y certificar progresos, emitir lineamientos y opiniones, promover mecanismos de interacción (entre otros) lo que limita al Consejo a ser una instancia de carácter consultivo, no-resolutiva.

La buena notica es que el Consejo de Gobierno Abierto puede ser repensado por la Asamblea Constituyente e instaurado como un poder autónomo con capacidad resolutiva y una conformación completamente ciudadana (lo que implica mantenerlo independiente no sólo de los poderes ejecutivo y legislativo sino de injerencia por parte de los partidos políticos). Esto requiere repensar los principios sobre los que este poder de Participación Ciudadana y Fiscalización debe ser fundado, ya que la “Transparencia Proactiva” y la “Participación” no sólo deben ser garantizados o promovidos; el nuevo gobierno de la CDMX debe estar “obligado” a 1) transparentar la información pública (y no sólo a garantizar que se transparente cuando se le exija) y a 2) fundar espacios permanente de participación y consulta ciudadana (que no terminen siendo correas de transmisión supeditadas al legislativo local).

Es importante insistir en que la Asamblea Constituyente representará una verdadera oportunidad de “ciudadanizar” el gobierno de la CDMX. En este estricto sentido, las opciones parecen ser simplemente refrendar las formas tradicionales de representación política en México (hoy profundamente partidistas) ó innovar en materia de ingeniería constitucional.


- Amando Basurto Salazar

Doctor en Política por la New School for Social Research, N.Y. y Maestro en Estudios en Relaciones Internacionales por la Universidad Nacional Autónoma de México @amandobasurto

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